Página de información de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:
Proveedores de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Ir menú Δ |
Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa.. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa., solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:
| Empresa | Producto | Información de contacto |
|---|---|---|
| Hoepelman cobertura: República Dominicana | Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa., Constitución de sociedades anónimas. | Somos proveedores de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. en Max Henríquez Ureña Esq. Freddy Prestol Castillo
Edif. FERMACHABE Ensanche Piantini, Santo Domingo . República Dominicana Datos y productos de Hoepelman |
| Ingenieria y Maquinaria Industrial | Cuchillas de cualquier tipo | Ofrecemos Cuchillas de cualquier tipo en Morelos No. 80 Col. Urbana San Juan Ixhuatepec, Estado de México C.P. 54180 . México Datos y productos de Ingenieria y Maquinaria Industrial |
| IDM INGENIERIA Y DISEÑO EN METAL cobertura: NACINAL | CUALQUIER TIPO DE FIGURA, CORTE CUALQUIER TIPO DE FIGURA | Somos un proveedor de CUALQUIER TIPO DE FIGURA en Calzada Ermita Iztapalapa No 1010 Col. Barrio San Lucas Mexico, Distrito Federal C.P. 09000 . México Datos y productos de IDM INGENIERIA Y DISEÑO EN METAL |
| PLATINMEX cobertura: mexico | resistencias de cualquier tipo | Somos proveedores de resistencias de cualquier tipo en calle 44 n 77 Col. zaragoza C.P. 15000 . México Datos y productos de PLATINMEX |
| Química Blantex cobertura: - | Engomadoras de cualquier tipo, Antiespumante altamente efectivo aplicable en cualquier proceso textil - Blanspum G | Ofrecemos Engomadoras de cualquier tipo en D.F., México . México Datos y productos de Química Blantex |
| ANCLA INTERNATIONAL LIMITED cobertura: México, Centro y Sud América | Sellos de cualquier tipo, Aires acondicionados tipo split, tipo ventana | Somos un proveedor de Sellos de cualquier tipo en RM,1707,17/F HARCOURT,HOUSE39
GLOUCESTER ROAD Col. Wanchai Hong Kong, Region Administrativa Especial . China Datos y productos de ANCLA INTERNATIONAL LIMITED |
| Servicios Industriales y Paileria La Fe cobertura: Nacional | Lonas de cualquier tipo, Fabricación de todo tipo de mesas | Somos proveedores de Lonas de cualquier tipo en Puerto de Guaymas 506 - 4A Col. La Fé San Nicolas de los Garza, Nuevo León . México Datos y productos de Servicios Industriales y Paileria La Fe |
| Trystar Cables cobertura: Latinoamérica | Zapata de cualquier tipo, Cualquier tipo de terminal o zapata | Ofrecemos Zapata de cualquier tipo en 2917 Industrial Drive Faribualt, Minnesota C.P. 55021 . Estados Unidos Datos y productos de Trystar Cables |
| Envase y Empaque cobertura: México, Centro y Sur América, EUA, Asia y Europa | Peletizado de cualquier tipo de plástico, Molido de cualquier plástico, Peletizado de plásticos de todos los tipos | Somos un proveedor de Peletizado de cualquier tipo de plástico en Maronia 525 Col. Valle de San Carlos Monterrey, Nuevo León . México Datos y productos de Envase y Empaque |
| Tecno Racks Industrial de México cobertura: Nacional | Armado de cualquier tipo de racks, Desarmado de cualquier tipo de racks, Traslado de cualquier tipo de racks | Somos proveedores de Armado de cualquier tipo de racks en México, D.F. . México Datos y productos de Tecno Racks Industrial de México |
| G Corp Soluciones Ambientales de Ingeniería cobertura: República Mexicana | Absorbentes de cualquier tipo de derrames, Kit movil antiderrames tipo kaddie con herramientas | Ofrecemos Absorbentes de cualquier tipo de derrames en Real de la Rioja #204 Col. Col. Los Reales Saltillo, Coahuila C.P. 25230 . México Datos y productos de G Corp Soluciones Ambientales de Ingeniería |
| Lito Internacional | Cualquier tipo de material autoadherible | Somos un proveedor de Cualquier tipo de material autoadherible en Plaza Tepozan No. 17 Col. Alfonso Ortíz Tirado T. México, D.F. C.P. 9020 . México Datos y productos de Lito Internacional |
| Intelligent Forms | Impresión en cualquier tipo de material | Somos proveedores de Impresión en cualquier tipo de material en Calle 5 No. 155 Col. Rustica Xalostoc Ecatepec Edo. Méx., Edo. de Méx. C.P. 55340 . México Datos y productos de Intelligent Forms |
| KIE cobertura: China, Corea, Japon, United States, México | Control remoto de Cualquier tipo | Ofrecemos Control remoto de Cualquier tipo en Av. Hacienda del Colorado #22001 Col. Parque Industrial Presidentes Tijuana, Baja California Norte C.P. 22216 . México Datos y productos de KIE |
| Global Solare cobertura: México | Se ajusta a cualquier tipo de techo | Somos un proveedor de Se ajusta a cualquier tipo de techo en Matías Romero No. 964 Col. San carlos Jalisco, Guadalajara C.P. 44460 . México Datos y productos de Global Solare |
| Directorio de empresas | Catálogo de proveedores |
Solicitudes de compradores de: Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Solicitar éste u otro producto Ir menú Δ |
| ID | Producto de Interés | Consumo | Ubicación | Puesto | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| 190219 | Compra de Cuchillas de cualquier tipo | 1 Piezas Anual |
Comprador de Cuchillas de cualquier tipo en celaya, gto, México | propietaria |
COTIZACION:
1 CUCHILLA DE 91 CM LARGO
7 BARRENOS
MAQ. CHANDLER MODELO 3006
SOLICITO: ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 440343 | Compra de Etiquetado y rotulado en cualquier tipo de envase | 100 Kilogramos Semanal |
Comprador de Etiquetado y rotulado en cualquier tipo de envase en La Paz, Bolivia | gerante general |
necesito una maquina para sellar, para estampar conserigrafia tazas platos boligrafos etc
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 467944 | Compra de Bolsa con cualquier tipo de suaje | 1000 Kilogramos Quincenal |
Comprador de Bolsa con cualquier tipo de suaje en gto, México | supervisor |
solicito cotizacion de bolsas suaje de 30 x 20 con grabacion a 1 tinta por ambos lados ..de ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 378360 | Compra de tornillo sinfin para cualquier tipo de industria | 1 Piezas Única vez |
Comprador de tornillo sinfin para cualquier tipo de industria en BAJA CALIFORNIA, México | COMPRAS |
TORNILLO SINFIN PARA MOLINO DE PLASTICO LAS MEDIDAS SON DE 2.50metros DE DIAMETRO POR 5.0metros ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 486269 | Compra de tornillo sinfin para cualquier tipo de industria | 1 Piezas Diario |
Comprador de tornillo sinfin para cualquier tipo de industria en cauca, Colombia | auxiliar |
el tornillo sin fin es para hacer manguera de polietileno
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 30943 | Compra de exxol - shellsol - cualquier tipo de aceite seco que se asemeje. | 15 Toneladas Anual |
Comprador de exxol - shellsol - cualquier tipo de aceite seco que se asemeje. en cundinamarca, Colombia | Gerente |
Necesito información urgente sobre el exxol, shellsol, u otro producto que sea semejante en especificaciones ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 296331 | Compra de Arpillas de Polipropileno para envasar cualquier tipo de frutas | 1000 Piezas Para pruebas |
Comprador de Arpillas de Polipropileno para envasar cualquier tipo de frutas en Tamps., México | propietario |
arpillas para papa
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 358024 | Compra de herramientas e implementos de limpieza para cualquier tipo de industria | 6 Piezas Trimestral |
Comprador de herramientas e implementos de limpieza para cualquier tipo de industria en LA PAZ, Bolivia | PROPIETARIA |
PARA LIMPIEZA DE CLINICAS Y OFICINAS
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 417272 | Compra de Arpillas de Polipropileno para envasar cualquier tipo de frutas | 2000 Piezas Para pruebas |
Comprador de Arpillas de Polipropileno para envasar cualquier tipo de frutas en Guerrero, México | ancargado de planeacion |
nuestra empresa se dedica a la produccion y comercializacion de limones en fresco y para la industria y necesitamos ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 451149 | Compra de Arpillas de Polipropileno para envasar cualquier tipo de frutas | 300000 Piezas Mensual |
Comprador de Arpillas de Polipropileno para envasar cualquier tipo de frutas en Guanajuato, México | Direccion General |
Ver detalle Mensaje al comprador |
Clientes o compradores de: Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Si conoce compradores de este producto y desea compartir la información haga clic aquí Ir menú Δ |
Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. o similares seleccionados:
| No. de Oportunidad | Comprador de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. | Ubicación del comprador | Cantidad requerida | Información de contacto | Opine y Califique |
|---|---|---|---|---|---|
| 30943 (6-Jul-2005) |
shur light de colombia |
cundinamarca, Colombia |
15 Toneladas Anual |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 151612 (24-Ene-2008) |
CIDAC SA DE CV |
MEXICO, México |
30 Piezas Bimestral |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 151072 (23-Ene-2008) |
CINVESTAV zACATENCO |
BIOLOGIA CELULAR, México |
1 Piezas Semanal |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 151016 (23-Ene-2008) |
Efimex Publicitaria SA de CV |
D.F., México |
5000 Piezas Única vez |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 150480 (23-Ene-2008) |
Vitrofarma |
N.A., Colombia |
20000 Piezas Mensual |
Ver detalle Mensaje al comprador |
Empresas que incluyen en su nombre el término Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
+ Agregar mi Empresa al directorio de QuimiNet Ir menú Δ |
| Empresa | Dirección / Información de contacto |
|---|---|
| Agua Pura | Zaragoza y Ocampo No.985 Col. Centro Reynosa, Tamps. C.P. 88500 , México |
| MATERIALES EL TIPO | México |
| Cooperativa Agropecuaria Plottier | Ruta 22 Km 1235 Col. Plottier Neuquen, Neuquen C.P. 8316 , Argentina |
| COOPERATIVA AGROPECUARIA EMBAJADOR MARTINI | San Martín 154 Embajador Martini, La Pampa C.P. 6203 , Argentina |
| Sociedad Mexicana de Normalización y Certificación | Alfredo Nobel No. 21 Col. Centro Indus. Puente de Vigas Edo. Méx., Tlalnepantla C.P. 54070 , México |
| Cooperativa Ing | bogota, cundinamarca , Colombia |
| COOPERATIVA PADRIANTO | Caserio Hato Abajo Via EL Jaguey a 200 metros de la bodega el cuñao Col. Parroquia Cabo Jose Dorante Quibor, Estado LARA C.P. 6031 , Venezuela |
| Cooperativa Barron | Prolongación Duranguito #313 Col. Manuel M. Ponce Fresnillo, Zacatecas C.P. 17000 , México |
| COOPERATIVA FADEC | Tres Arroyos 599 Cipolletti, Neuquén C.P. 8324 , Argentina |
| COOPERATIVA COOKE | CENTRO COMERCIAL LA ROSITA, PRIMER PISO MODULO 4 OFICINAS 5-2 Y 5-4 Col. BARRIO CENTRO BUCARAMANGA, DEPARTAMENTO-SANTANDER , Colombia |
Ofertas de proveedores de: Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Ofrecer mis productos a la industria Ir menú Δ |
| Producto | Ubicación | Cantidad | Precio | Comentarios |
|---|---|---|---|---|
| productos textiles | coahuila, México | 1000 Piezas | 0 Dólar de los EUA | empresa dedicada a fabricar prendas textiles |
| Tanques de PRFV | Santa Fe, Argentina | 1e+08 Piezas | 0 Peso argentino | |
| biolubricantes | norte de santander, Colombia | 262500 Litros | 600000 Peso colombiano | bases lubricantes, bases pesadas braistok, bases parafinica media, toda la linea convencional.. ... |
| Estibas Plásticas | antioquia, Colombia | 2000 Piezas | 15 Dólar de los EUA | Estibas Plásticas (Pallets) en cualquier dimensión. Somos fabricantes. |
| ANTIGRAFITTI® | 14, México | 1 Litros | 1 Dólar de los EUA | ANTIGRAFITTI® SISTEMAS PARA CUALQUIER SUPERFICIE. |
| Polines Plásticos | antioquia, Colombia | 100000 Piezas | 5 Dólar de los EUA | Polines Plásticos en cualquier dimensión. |
| Envases flexibles | Almería, España | 1 Piezas | 1 Euro | Envases flexibles de todo tipo y material |
| Carbon termico a yb | cund, Colombia | 500000 Toneladas | 90 Dólar de los EUA | Tengo cupos semanales mina privada y multinacional espero su respuesta. Bolsa mas 4 87 mas 3 |
| Pañales tipo Huggies | Taiwan, Taiwán | 1e+06 Piezas | 0 Dólar de los EUA | |
| Pañales tipo Pampers | Taiwan, Taiwán | 1e+06 Piezas | 0 Dólar de los EUA |
| Ofrecer mi producto a la industria |
Noticias que incluyen en su texto el término Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Ir menú Δ
|
Más Noticias relacionadas con Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Ir menú Δ |
Artículos que incluyen en su texto el término Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Ir menú Δ |
Si usted requiere información de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. que incluyan en su texto el término Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:
Esta Norma entra en vigor el día 5 de marzo de 2005,
CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA , Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40, fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3º, fracción XI, 38, fracción II, 40, fracción VII, 41, 43 al 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3º, 4º, 123 al 126 y 130 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; 3º, 5º y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 22 de octubre de 1997 fue publicado en el Diario Oficial de Federación el Acuerdo por el que se modifica en forma integral la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Relativa a la constitución, registro y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como sigue: Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo;
Que esta Dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio, primer párrafo del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida Norma Oficial Mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;
Que con fecha 29 de julio de 2003, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, y que el citado Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la Federación;
Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la que dictaminó favorablemente en relación al mismo;
Que con fecha 27 de mayo de 2004, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, a efecto de que, dentro de los siguientes 60 días naturales a dicha publicación los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que habiendo recibido comentarios de cinco promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando esta Dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2004 en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;
Que derivado de la incorporación de los comentarios presentados al proyecto de NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, así como de la revisión final del propio proyecto, se realizaron diversas modificaciones con el propósito de dar congruencia jurídica y certeza en cuanto a las disposiciones que aplican para las comisiones de seguridad e higiene, tomando en consideración desde luego, los principios de mejora regulatoria y simplificación administrativa, y
Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-STPS-2004, CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
Índice
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Definiciones
4. Obligaciones del patrón
5. Obligaciones de los trabajadores
6. Constitución
7. Organización
8. Funcionamiento
9. Asuntos no previstos
10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
Apéndice A. Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión
Apéndice B. Datos mínimos que debe contener el acta de verificación
Apéndice C. Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo
11. Vigilancia
12. Concordancia con normas internacionales
13. Bibliografía
Transitorio
Guía de referencia. Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo
1. Objetivo
Establecer los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
2. Campo de aplicación
La presente Norma rige en el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
3. Definiciones
Para efectos de la presente Norma se establecen las siguientes definiciones:
a) Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste;
b) Actos inseguros: son las acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o medidas aceptadas como seguras;
c) Autoridad del trabajo; Autoridad laboral: son las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realizan funciones de inspección en materia de seguridad e higiene de trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal que actúen en auxilio de ellas;
d) Actividades peligrosas: es el conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobre exposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo;
e) Centro de trabajo: todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;
f) Condiciones inseguras: son las situaciones o circunstancias peligrosas que derivan de los elementos que conforman el medio ambiente laboral y pueden hacer posible la ocurrencia de un accidente, enfermedad de trabajo o daño material;
g) Condiciones peligrosas: son aquellas que pueden provocar un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo;
h) Enfermedad del trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo;
i) Incidente: acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas;
j) Ley: Ley Federal del Trabajo;
k) Reglamento: Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo;
l) Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;
m) Sindicato: el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del contrato ley, y
n) Verificación: la constatación ocular y documental del cumplimiento del Reglamento y de las normas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
4. Obligaciones del patrón
4.1 Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.
4.2 Participar en la constitución, organización y funcionamiento de la comisión.
4.3 Vigilar el funcionamiento de la comisión.
4.4 Proporcionar a los integrantes de la comisión la capacitación y adiestramiento en materia de seguridad e higiene necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones, de acuerdo con un programa que para tal efecto se establezca y donde se incluya al menos: nombre del tema, nombre del participante, nombre y firma de quien autoriza, fecha en que se realizará, y si es el caso, firma del instructor. Esta capacitación y adiestramiento debe otorgarse por lo menos una vez por año.
4.5 Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que le señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante y a las que se deriven de la investigación de las causas de los riesgos de trabajo.
4.6 Dar facilidades y permisos necesarios a los integrantes de la comisión para el desempeño de sus funciones.
4.7 Proporcionar a la comisión, la información que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas y sustancias utilizadas en los mismos, los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos de trabajo.
4.8 Si no hubiera sindicato, requerir a los trabajadores para que nombren a sus representantes en la comisión.
4.9 Difundir, fijar y mantener en lugar(es) visible(s) del centro de trabajo la relación actualizada de los integrantes de la comisión, precisando el puesto, turno y área de trabajo de cada uno de ellos, así como los resultados de las investigaciones de las causas de los riesgos de trabajo ocurridos y las medidas preventivas dictadas a fin de evitar su recurrencia.
5. Obligaciones de los trabajadores
5.1 Designar a los representantes que integrarán la comisión, a través del sindicato, seleccionándolos formalmente mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta de sindicato, la mayoría de los trabajadores realizarán la designación respectiva.
5.2 Participar como miembros de la comisión, cuando sean designados y apoyar el funcionamiento de la misma proporcionándole información sobre condiciones peligrosas y actos inseguros que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
5.3 Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad e higiene en el trabajo que les señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante conforme a la normatividad y experiencias técnicas en la materia.
5.4 Asistir a cursos, talleres, diplomados o cualquier otro medio de capacitación o adiestramiento que en materia de salud, seguridad e higiene se imparta, de conformidad con el programa que al efecto se establezca de manera conjunta por quienes integran la comisión.
6. Constitución
6.1 Las comisiones deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de treinta días hábiles, a partir de la fecha de iniciación de actividades, y éstas deben contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se los requiera.
6.2 El patrón debe formalizar la constitución de la comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener como mínimo la información que se enuncia en el Apéndice A. Esta acta debe ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera.
6.3 De la integración.
6.3.1 Integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo.
6.3.1.1 La comisión de seguridad e higiene debe integrarse de la siguiente manera:
a) en el caso de que el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada por un trabajador y por el patrón o su representante, y asumirán las funciones y responsabilidades establecidas en la presente Norma;
b) para el caso de que el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada, invariablemente, por un coordinador y un secretario, así como por los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, asumiendo las funciones y responsabilidades establecidas en esta norma.
Nota.- además de la comisión de seguridad e higiene que refiere el inciso b), las empresas podrán organizarse internamente, considerando el número de trabajadores, la rama industrial, el grado de riesgo y la región geográfica, para lo cual establecerán las funciones y responsabilidades que acuerden el patrón o sus representantes y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, para el cumplimiento de esta Norma.
6.4 La representación de los trabajadores debe estar conformada por aquéllos que desempeñen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, preferentemente, tengan conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
7. Organización
7.1 La comisión se organizará en los términos que señala el apartado 6.3.1.1. En caso de no existir sindicato, podrán designar el número de vocales que acuerden ambas representaciones.
Para cumplir con las funciones que señala esta Norma, el coordinador, el secretario y los vocales recibirán capacitación, conforme a lo previsto en el Reglamento.
7.1.1 El coordinador será responsable de:
a) Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;
b) Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión;
c) Integrar en el acta de verificación de la comisión, la propuesta de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo que emitan los miembros de ella, constatando que estén sustentadas en la normatividad en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;
d) Promover la participación responsable de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;
e) Presentar al patrón la programación anual de las verificaciones, a fin de integrarlas en el programa de seguridad e higiene de la empresa o en la relación de actividades a cumplir, conforme a lo establecido en el artículo 130 del Reglamento;
f) Vigilar que se realicen las investigaciones de las causas de accidentes de trabajo para su análisis e integrar las conclusiones en el acta de verificación, la cual será turnada al secretario;
g) Elaborar al término de la verificación, conjuntamente con el secretario, el acta de verificación de la comisión, misma que será validada mediante la firma de todos los que hayan participado en la misma y entregarla al patrón de inmediato;
h) Participar conjuntamente con el secretario en las inspecciones de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo;
i) Coadyuvar con el patrón en asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo, para la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral;
j) Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes;
k) Proponer al patrón, los temas de capacitación necesarios para mejorar el desempeño de la comisión de seguridad e higiene en el trabajo.
7.1.2 El secretario será responsable de:
a) Mantener bajo custodia copia del acta de constitución, y de la evidencia documental que se genere por la sustitución o cambio de algún integrante, así como de la capacitación de los integrantes de la propia comisión;
b) Convocar a los integrantes de la comisión para efectuar las verificaciones programadas;
c) Organizar y apoyar el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión, de acuerdo con el coordinador;
d) Integrar al acta de verificación de la comisión, la relación de las violaciones a la normatividad y condiciones peligrosas encontradas en la verificación;
e) Integrar al acta de verificación las recomendaciones para la prevención, eliminación o reducción de condiciones peligrosas o actos inseguros que aseguren la integridad de los trabajadores y la protección del medio ambiente de trabajo e instalaciones, con fundamento en la normatividad aplicable y en experiencias operativas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;
f) Integrar al acta de verificación, los resultados de las investigaciones de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como las recomendaciones que se apliquen para evitar su recurrencia;
g) Participar conjuntamente con el coordinador en las inspecciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en los centros de trabajo;
h) Asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo en la verificación y en la detección de condiciones peligrosas presentes en el mismo;
i) Mantener bajo custodia una copia de las actas de verificación por lo menos doce meses más a partir de la terminación del programa anual de verificación, para revisar el seguimiento de las propuestas de medidas para la prevención de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como cualquier documentación que se relacione con la integración, funcionamiento y organización de la comisión;
j) Vigilar que los integrantes de la comisión que participaron en la verificación firmen el acta respectiva;
k) Conjuntamente con el coordinador, presentar y entregar el acta de verificación al patrón;
l) Integrar el programa anual de capacitación para los integrantes de la comisión con los temas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que hayan sido aprobados por la comisión de seguridad e higiene, para optimizar el desempeño del grupo.
7.1.3 Los vocales serán responsables de:
a) Participar en la verificación;
b) Detectar y recabar información sobre condiciones peligrosas y necesidades de capacitación y actualización en temas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo en el área que le designe verificar la comisión a cada uno de ellos;
c) Participar en la elaboración del acta correspondiente aportando sus observaciones y las violaciones a las normas que se detectaron durante la verificación;
d) Apoyar las actividades de promoción y de orientación a los trabajadores, que se indiquen en el seno de la comisión.
7.2 En la sesión de integración de la comisión se nombrará al coordinador, secretario y los vocales que acuerden las partes, asentándolo en el acta de integración conforme a lo previsto en el inciso 6.2 de esta Norma. El puesto de coordinador lo ocupará el representante que designe el patrón; el secretario será el representante de los trabajadores designado por el sindicato, en caso de no existir la figura sindical, su selección se hará entre y por los integrantes de esta representación; los demás miembros de la comisión, serán nombrados vocales, y los nombramientos del coordinador, secretario y vocales tendrán una vigencia de dos años.
7.3 Los puestos de coordinador y secretario se alternarán cada dos años entre los representantes patronal y obrero.
7.4 En caso de ausencia temporal del coordinador o secretario de la comisión, su puesto será ocupado por uno de los vocales de la representación que corresponda. Cuando no exista vocal, se procederá a la designación respectiva de acuerdo al inciso 7.2.
7.5 Los integrantes de la comisión podrán ser sustituidos por acuerdo del patrón, del sindicato o de la mayoría de los trabajadores en caso de no existir sindicato, por los siguientes motivos:
a) Negarse a cumplir con los procedimientos para evitar incidentes, accidentes o enfermedades de trabajo;
b) No cumplir con las actividades establecidas por la propia comisión;
c) No asistir a dos verificaciones programadas consecutivas de forma injustificada, o
d) Por ausencia definitiva.
Nota: la comisión anexará al acta correspondiente, el nuevo nombramiento.
8. Funcionamiento
Para vigilar el cumplimiento de las disposiciones que señala el Reglamento y las normas aplicables emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las comisiones deben llevar a cabo las siguientes actividades:
8.1 Establecer una programación anual de verificaciones, asignando prioridades de acuerdo a los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 15 días siguientes a la integración de la comisión, y posteriormente a más tardar en los primeros 15 días hábiles de cada año.
8.2 Realizar las verificaciones programadas; mensuales, bimestrales o trimestrales, según lo acordado en el programa anual, para detectar condiciones peligrosas.
8.3 Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo con base en la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisión, así lo ameriten.
8.4 De cada una de las verificaciones se levantará un acta anotando las condiciones peligrosas y el incumplimiento, que en su caso existan, al Reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; las propuestas de medidas para su corrección; los resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolución de las que queden pendientes. Esta acta será entregada por el coordinador al patrón, quien la deberá conservar, al menos, por doce meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando así lo requiera.
8.5 Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comisión, las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para prevenirlos.
8.6 Atender y asentar en las actas de verificación de la comisión, las condiciones peligrosas que le señalen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan, haciéndolas del conocimiento del patrón de manera inmediata.
8.7 Cuando la comisión sufra un cambio o modificación en sus integrantes ésta deberá proporcionar un curso de inducción a las funciones que desarrolle como nuevo integrante.
9. Asuntos no previstos
9.1 En caso de existir situaciones no definidas en la presente Norma, las partes podrán acudir ante la autoridad laboral competente para que resuelva lo procedente y ésta deberá dar respuesta en un lapso de 15 días hábiles. En caso de que la autoridad laboral no resuelva en dicho plazo, la propuesta que en su caso hayan presentado las partes, se entenderá aprobada.
10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
10.1 Unidades de verificación
a) El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma.
b) Para obtener el directorio de unidades de verificación que están aprobadas ante la dependencia y puedan extender el dictamen de conformidad con esta Norma Oficial Mexicana, podrán ingresar a la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, vía Internet, en la dirección www.stps.gob.mx, en la sección de Servicios y Trámites de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo; aprobación de unidades de verificación.
c) Las unidades de verificación contratadas a petición de parte deben verificar el grado de cumplimiento de los Apartados 4.2 al 4.9; los capítulos 6, 7 y 8 y los Apéndices A y B.
d) Las unidades de verificación deben entregar al patrón el dictamen de verificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
e) La vigencia del dictamen de verificación emitido por la unidad de verificación será de dos años.
10.2 La evaluación de la conformidad consistirá en evaluar mediante la verificación documental y/o de interrogatorio, a través de los responsables de los centros de trabajo que atiendan en su caso, la diligencia de la autoridad laboral o la vista de la unidad de verificación de conformidad con lo siguiente:
1. Acta constitutiva de la comisión de seguridad e higiene y, en su caso, sus actualizaciones conforme al Capítulo 6 y Apéndice A de la presente Norma, vía documental y solicitar la presencia de los integrantes de la comisión.
2. Programa anual de verificación acordado conforme a las prioridades o cuando existan cambios por causas extraordinarias, vía documental.
3. Actas de verificación ordinarias o extraordinarias (según sea el caso) de acuerdo al programa anual establecido en el centro de trabajo conforme al Capítulo 8 y Apéndice B de la presente Norma y la existencia de evidencias de seguimiento de las medidas solicitadas en las actas generadas en los doce meses anteriores, vía documental.
4. Cumplimiento de las obligaciones del patrón especificadas en el apartado 4 de la presente Norma, vía documental, ocular e interrogatorio.
5. Evidencias documentales de que ha capacitado y adiestrado a la comisión en temas relacionados con la seguridad e higiene y tratándose de nuevos integrantes, que éstos estén considerados en el programa de capacitación.
6. Que los integrantes de la comisión de seguridad e higiene, están capacitados para cumplir con sus funciones y responsabilidades, conforme al programa anual de verificación.
7. Que la comisión de seguridad e higiene realiza las verificaciones y las correspondientes actas ordinarias o extraordinarias, según sea el caso, de las condiciones de seguridad e higiene que deben prevalecer en el centro de trabajo, conforme al programa anual establecido para tal fin.
8. Que la comisión de seguridad e higiene desarrolla sus responsabilidades y funciones conforme se especifica en las secciones 7 y 8 de la presente Norma.
10. 3 De la documentación.
a) Los dictámenes de verificación que emita la unidad de verificación aprobada y acreditada seran reconocidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
b) El dictamen de verificación favorable que emita la unidad de verificación debe indicar que el centro de trabajo cumple con lo que establece esta Norma Oficial Mexicana y debe estar conforme con lo que se indica en el Apéndice C.
c) La violación a cualquiera de las disposiciones establecidas en este procedimiento de evaluación de la conformidad, motivará la multa, suspensión o revocación de la aprobación de la unidad de verificación.
d) Las evaluaciones de la conformidad por unidades de verificación se podrán efectuar sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para realizar las visitas de inspección conforme a la Ley Federal del Trabajo y a las disposiciones reglamentarias por parte de la autoridad del trabajo en cualquier momento.
Apéndice A.
Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión.
A.1 Datos de la empresa.
a) Nombre, denominación o razón social;
b) Registro patronal del IMSS;
c) Domicilio;
d) Teléfono, fax, correo electrónico;
e) Rama o actividad económica;
f) Fecha de inicio de actividades;
g) Número de trabajadores del centro de trabajo.
A.2 Datos de la comisión.
a) Nombre de los integrantes: coordinador, secretario y vocales;
b) Número de centros de trabajo en los que rige la comisión (domicilio, RFC y registro patronal del IMSS);
c) Fecha de integración (día, mes y año);
d) Nombre y firma del representante del patrón, y
e) Nombre y firma del representante de los trabajadores.
Nota.-se debe llenar un acta con toda la información requerida en este Apéndice, por cada comisión y por cada centro de trabajo que exista.
Apéndice B.
Datos mínimos que debe contener el acta de verificación.
a) Fecha del acta;
b) Número consecutivo del acta;
c) Lugar en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
d) La hora en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
e) Fecha en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
f) Periodo que comprende la verificación;
g) Denominación del centro de trabajo;
h) Denominación de la comisión;
i) Domicilio (calle, número, colonia, ciudad, entidad federativa, código postal);
j) Cantidad total de trabajadores;
k) Mencionar si se trata de una verificación ordinaria (conforme al programa anual) o si es extraordinaria;
l) Áreas, instalaciones o centros de trabajo verificados (deben coincidir con el programa anual);
m) Las condiciones peligrosas detectadas durante el recorrido por las instalaciones del centro de trabajo;
n) La causa-efecto de cada condición o acto inseguro detectado;
o) Citar la normatividad que se está incumpliendo en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;
p) Recomendar la solución que por consenso en el seno de la comisión se considere como la óptima para prevenir, eliminar o reducir condiciones peligrosas;
q) Asignar la prioridad con la que se deben atender las recomendaciones;
r) Designar al responsable de atender directamente la recomendación;
s) El avance de las recomendaciones en proceso;
t) La causa de las recomendaciones pendientes;
u) El resultado de las recomendaciones atendidas;
v) Los resultados del análisis de los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo ocurridos en el periodo que se reporta, así como las medidas que se recomienden para evitar su recurrencia;
w) Actividades relevantes;
x) Asuntos generales;
y) Nombre y firma de los representantes del patrón, integrantes de la comisión, y
z) Nombre y firma de los representantes de los trabajadores que participaron en la verificación.
Apéndice C.
Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización
y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
C.1 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3o. fracciones IV-A, XVII, 68,70, 70-C, 73, 74, 84, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 94, 97, 98 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás disposiciones legales aplicables, en mi carácter de representante legal de La Unidad de Verificación con registro número:…….………………….., con acreditación vigente de fecha:……………………. otorgada por la entidad de acreditación autorizada y con aprobación vigente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social otorgada en oficio número:………………. de fecha:…………………….. emite el presente dictamen favorable ( ) no favorable ( ) habiéndose aplicado el procedimiento para la evaluación de la conformidad correspondiente a la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
C.2 Datos del visitado:
a) Número del dictamen;
b) Fecha de inicio;
c) Fecha de conclusión;
d) Nombre o razón social del visitado;
e) Giro del centro de trabajo;
f) Domicilio;
g) Calle y número;
h) Colonia o población;
i) Municipio o población;
j) Ciudad o estado;
k) Código postal;
l) Teléfono y fax, y
m) Correo electrónico.
C.3 Representante:
a) Nombre;
b) Teléfono y fax, y
c) Correo electrónico.
C.4 Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en el dictamen de verificación son verdaderos, acepto la responsabilidad que pudiera derivarse de la veracidad de los mismos, haciéndome acreedor a las sanciones que en su caso procedan.
C.5 Datos del titular de la unidad de verificación:
a) Nombre y firma de la unidad de verificación;
b) Domicilio;
c) Calle y número;
d) Colonia o población;
e) Municipio o población;
f) Ciudad o estado;
g) Código postal;
h) Teléfono y fax;
i) Correo electrónico;
j) Número de acreditación, y
k) Número de aprobación.
11. Vigilancia
La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
12. Concordancia con normas internacionales
No existe concordancia con alguna norma internacional, al momento de su elaboración.
13. Bibliografía
a) Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1970;
b) Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997;
c) Ley de Prevención de Riesgos Laborales. España. Ley 31/1995, 8 de noviembre de 1995, pp. 42-44, y
d) Legislación sobre Seguridad en el Trabajo. Canadá. Memorándum de Entendimiento México-Canadá. Intercambio Documental. 1993.
Transitorio
ÚNICO.- La presente Norma entrará en vigor a los 60 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Guía de Referencia
Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo
El contenido de esta guía es un complemento para la mejor comprensión de la presente Norma, y no es de cumplimiento obligatorio.
Esta guía indica de manera general, los puntos que pueden observarse para realizar la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
1.- Identificación:
a) Datos generales del centro de trabajo: razón social, domicilio;
b) Datos generales del trabajador accidentado o enfermo: edad, sexo, puesto de trabajo, antigüedad en el puesto y antigüedad en la empresa;
c) Accidente: lugar, hora y fecha cuando ocurrió;
d) Enfermedad: fecha en que se manifiesta.
2.- Descripción: secuencia de cómo sucedió el accidente o enfermedad de trabajo.
3.- Consecuencias: enfermedad o parte del cuerpo que sufrió lesión, daños materiales y costo estimado.
4.- Análisis:
a) Agente: físicos, químicos, biológicos, psicosociales y ergonómicos;
b) Acto inseguro;
c) Condiciones inseguras;
d) Actividades peligrosas;
e) Condiciones peligrosas.
5.- Probabilidad de recurrencia del accidente: (frecuente, ocasional, raro).
6.- Gravedad potencial del daño: (grave, serio, leve).
7.- Prevención: medidas de control propuestas para evitar los actos y condiciones inseguras (condiciones peligrosas).
8.- Observaciones.
9.- Datos de los integrantes de la comisión que investigan los accidentes o enfermedades: nombre, firma y fecha.
Dado en la ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil cuatro.
EL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA
La amplia gama de aplicaciones que ofrece el PVC para su aplicación es ilimitada ya que es uno de los polímeros más versátiles. Las características de la película fabricada a partir de este termoplástico son muy variadas en cuanto a su rigidez o flexibilidad y transparencia, asimismo es prácticamente ilimitado en colores, resistencia química y diversidad en propiedades físicas. En combinación con su procesabilidad puede imprimirse, grabarse, formarse o sellarse.
La formulación de este material hace aún más extensas sus posibilidades de uso y aplicación, ya que puede estar en contacto con alimentos o productos farmacéuticos, puede ser resistente a la intemperie y a diversos agentes químicos.
Industrias Plásticas Internacionales – IPISA- produce películas rígidas, semirígidas y flexibles de PVC para todo tipo de aplicaciones.
Las películas rígidas pueden ser diseñadas para aplicaciones específicas de acuerdo a las necesidades de resistencia química, propiedades de barrera, alta temperatura de deformación o requerimientos FDA para empaque de productos alimenticios o farmacéuticos.
La películas rígidas de PVC pueden utilizarse para empaque blister pack para diversas industrias como la farmacéutica en tabletas y cápsulas o la alimenticia en diversas formas. Asimismo en industrias como la de discos compactos, productos de ferretería, cosméticos y otros que requieren un empaque rígido por seguridad o presentación.
Otros productos de esta línea pueden ser usados en empaques para torres de enfriamiento, calcomanías, cajas para flores, empaque de camisas, exhibidores, letreros, tarjetas de crédito, sobres, juguetes, folders, etiquetas, etc.
La línea de aplicaciones es muy diversa y los productos deben cumplir con especificaciones muy diversas tanto por el uso del producto como por los requerimientos y procesos de los clientes.
En esta línea también se manejan diferentes productos como la película semirígida cristal, la semirígida opaca lisa o con diferentes grabados, acabados charol, película para skin pack, material para laminado con tela y algunas otras como para cinta eléctrica.
En esta línea los compradores son principalmente productores de artículos de papelería y escolares como carpetas, portadocumentos, guarda y protectores de hojas por ennumerar algunos. Estos productos son manufacturados mediante un proceso de sellado térmico y requieren de una excelente apariencia, control de espesor, lay flat y muy bajo encogimiento para cumplir con las necesidades de cada cliente.
En esta línea se agrupan la película cristal flexible opaca y grabada y lisa para aplicaciones muy diversas como bolsas selladas o cosidas, cubiertas, recubrimientos, forros, materiales para confección de prendas infantiles, cintas dieléctricas, cintas autosellantes, películas para impermeabilización y película de uso médico entre otras.
Con el compromiso y afán de ofrecer siempre productos vanguardistas, IPISA cuenta con un grupo de investigación y desarrollo que continuamente trabaja en nuevos y mejores productos para satisfacer por completo los requerimientos de sus clientes.
Para obtener más información de películas de PVC haga clic aquí
Para conocer mas de IPISA y sus productos haga clic aquí

Con el envasado tipo “skin” su producto…
|
|
... está perfectamente sellado La película superior se sella en toda la superficie con la superficie de la bandeja: con el borde de la bandeja y las áreas libres del interior de la bandeja y el fondo. Por todas partes donde no haya producto. Esto mantiene el envase completamente hermético. |
|
|
|
|
|
... permanece fresco y en forma El sellado en toda la superficie evita la salida del líquido del producto y, además, permite que los alimentos se conserven por más tiempo. Incluso comidas preparadas, que constan de diferentes componentes, se ven siempre apetitosas, ya que los componentes del producto están fijados en la bandeja skin. Y todo sabe exactamente tan fresco como se ve. |
|
|
|
|
|
... es visto y destaca La película transparente envuelve el producto y lo destaca brillantemente. Un auténtico punto de atracción para clientes potenciales – en la vitrina refrigerada y en el congelador. |
Su producto fresco o ultracongelado, en trozo, cortado o ya procesado en este atractivo envase termosellado destaca su producto de forma excelente.
Es ideal para alimentos de todo tipo, por ejemplo:
Además, es ideal para productos industriales y de consumo como rodamientos de bolas, componentes eléctricos, etc.

Descubrir, agarrar y disfrutar ...
La protección óptima
La película superior se sella en toda la superficie con todas las superficies libres de la bandeja: en el borde, en las paredes y en el fondo.
Realmente es atractivo
El vacío aplicado hace que la película superior se adhiera al producto como una segunda piel, sin tensión, adaptable a cualquier forma y contorno concebible.
Permanece fresco más tiempo
Su producto está envasado al vacío y no se sale el jugo.
¡También es posible colocar una etiqueta en el fondo del envase!
Para productos alimenticios de:
|
|
Para todos los sentidos |
|
|
|
|
|
Perfecto para envases grandes y pequeños |
|
|
|
|
|
No se dobla |
|
|
|
|
|
Como envasado en algodón |
|
|
|
|
|
Envase de tres películas que le ofrece un mayor margen de maniobra |
El programa de termoselladoras de Multivac, le ofrece una amplia gama de máquinas: modelos semiautomáticos de iniciación para productos que se envasan manualmente, así como termoselladoras completamente automáticas de alta velocidad que envasan hasta 150 bandejas por minuto. Además, en las diferentes categorías de máquinas se aplican diferentes principios de funcionamiento. ¡Esto representa una ventaja más en opciones!
Usted se beneficia de máquinas:
En pocas palabras: Usted disfruta de mayor eficiencia con una inversión muy lucrativa.
Las termoselladoras de Multivac, incluyen:
La semiautomática para usuarios nuevos. Ventajosa para cargas pequeñas y medianas.
Dos máquinas poderosas con más opciones. Eficiente para cargas medianas y grandes que se puede combinar con desapiladores, cintas de descarga y muchos más componentes.
La termoselladora de altas prestaciones. Especialmente eficiente para altas capacidades: de varias vías, potente y extremadamente fiable.
En Multivac usted obtiene una solución de envasado amplia, innovadora, técnicamente de primera calidad y hecha a medida para su producto y sus necesidades, teniendo en cuenta hasta el más mínimo detalle.
Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfonos de Multivac.
O bien, haga contacto con Multivac, para mayor información sobre sus termoselladoras.
Más Artículos relacionados con Constitución de cualquier tipo de sociedad cooperativa. |
Ir menú Δ |
| Regístrese Gratis |
|
|
QuimiNet es el medio industrial más importante de Latinoamérica. QuimiNet no vende este producto ni ninguno otro, enlaza proveedores y clientes y ofrece información valiosa a la comunidad industrial. La información que se muestra en esta página fue generada por QuimiNet, provino de algún medio público o de algún usuario del portal. QuimiNet cree que es correcta mas no puede garantizarlo. Si el producto es una marca registrada, QuimiNet declara explícitamente que la misma no es propiedad más que de su legítimo dueño. Si usted quiere reportar algún asunto respecto a una marca de su empresa que aparezca en esta página favor de hacer clic mas abajo en la liga de políticas de uso. |
|
|
Acerca de QuimiNet.com
|
Contactar a QuimiNet
|
QuimiNet.com Teléfono para México, España, Centroamérica, Caribe: +52 (55) 5272-3100
Copyright © 2000 - 2012 Políticas de uso |
|